Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1879-1880 (Cortes de 1879 a 1881)
Sesión: 31 de mayo de 1880
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: 177, 4190-4191
Tema: Variación de este acuerdo

El Sr. SAGASTA: Pido la palabra.

El Sr. PRESIDENTE: La tiene V. S. para rectificar.

El Sr. SAGASTA: Es tan grave lo que acaba de decir el Sr. Ministro de la Gobernación, que yo no lo puedo pasar desapercibido. Según S. S., el paso que tuvo la bondad de dar el Sr. Presidente con las oposiciones fue un acto de cortesía, porque por lo demás, el Sr. Presidente pudo consultar a la Cámara. ¿Es esto lo que ha dicho S. S.? (El Sr. Ministro de la Gobernación: A excitación de un Diputado, siempre.) Jamás, Sr. Ministro de la Gobernación; S. S. no conoce el Reglamento del Congreso. En absoluto no puede S. S. sostener un absurdo semejante. ¿Dónde estaría entonces la garantía de las oposiciones? El Reglamento contiene derechos que no pueden variarse por la mayoría, sino por los trámites que el mismo Reglamento tiene establecidos. ¿Dónde estaría entonces la libertad parlamentaria? ¿dónde el derecho de las oposiciones, que en tal caso estarían siempre ahogadas por el imperio de la mayoría? Absurdo semejante no lo he visto sostener nunca a ningún Ministro encargado de la política de ningún [4190] país. ¡Pues no faltaba más! Si discutiéramos sólo por la benevolencia de la mayoría, no estarían aquí ciertamente las minorías; yo de mí sé decir que no estaría un momento. Está S. S. altamente equivocado: las prescripciones del Reglamento tienen su tramitación para ser variadas, y sólo cuando refiriéndose a derechos de las minorías, estas minorías renuncian a este derecho, porque todo derecho es renunciable, o consiente que se suspenda, es cuando puede prescindirse de él; no de otra manera, no. Esto es lo que he dicho antes y lo que sostengo ahora. Por lo demás, no puede variarse de ningún modo el Reglamento; y yo apelo, porque es grave la cuestión, al testimonio del Sr. Presidente del Congreso, para que nos diga si al consultar a los individuos que fueron llamados por S. S., entendía que los llamaba sólo por un acto de deferencia, o si nos llamaba porque necesitaba de nuestro asentimiento para consultar a la Cámara. [4191]



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